• Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: MARIA ANGUSTIAS MARROQUIN PARRA
  • Nº Recurso: 153/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No encontrada materia3-0000
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Santander
  • Ponente: JUAN VAREA ORBEA
  • Nº Recurso: 370/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: RICARDO PEDRO RON LATAS
  • Nº Recurso: 7046/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala de lo Social desestima el recurso del trabajador contra la sentencia que, estimando en parte su recurso, considera que, de las dos sanciones por falta muy grave impuesta, una si debe confirmarse y la otra constituye falta grave y no muy grave, razón por la que revoca la sanción por la misma -cinco días de empleo y sueldo- manteniendo la sanción por la primera falta muy grave -diez días del mismo tipo de sanción-. Los hechos acontecen en el momento de control y pesaje de piezas de marisco en una cofradía pesquera, siendo que el guarda vigilante tiene una importante discusión con una superior y una marisquera, que paró al demandante en su acercamiento físico hacia ella por entender que no respetaba la distancia de metro y medio que imponía la pandemia COVID y a la que finalmente pedirá su carnét profesional y pretenderá sacarlo del plástico, lo que finalmente hizo ella. En el recurso, el trabajador pretende que la estimación de la demanda sea total, arguyendo que ninguna de las dos faltas estaba tipificada en convenio colectivo o contrato de trabajo, basándose la empresa, sin más, en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. La Sala, remotándose a un previo precedente, razona porqué entiende que, en estos casos en que no hay convenio colectivo aplicable, cabe esa cita estatutaria para sancionar, siempre y cuando se den las notas suficientes de gravedad y culpabilidad para justificar la sanción por falta muy grave, como entiende que es el caso.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ISABEL LOPEZ MONTAÑEZ
  • Nº Recurso: 3/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 959/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declaró la incompetencia del orden jurisdiccional social, habida cuenta que no existiendo relación laboral entre las partes sino relación mercantil, el orden competente para cualquier reclamación derivada de tal relación, en este caso, la rescisión del contrato, será el Orden jurisdiccional civil.No tenía establecida una jornada ni un horario para la realización de los servicios pactados, limitándose la Tabla adjuntada a delimitar qué servicios debía realizar diariamente, semanalmente, mensualmente, etc. Y el único control realizado por la comunidad contratante era el buen estado de limpieza de las dependencias citadas en el contrato, lo cual en absoluto implica un sometimiento al poder de organización y dirección, pues en un contrato de prestación de servicios, los contratantes tienen igualmente el derecho y el deber de supervisar y exigir la correcta ejecución de los mismos, sin que ello convierta en laboral la relación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 947/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Impugna la trabajadora el despido disciplinario que ha sido objeto por abandono del servicio durante tres meses, por el Juzgado de lo Social se desestima la demanda y declara el despido procedente, recurre el Suplicación la actora alegando que existía un riesgo debido a la situación de alarma por la COVID. La Sala desestima el recurso, en primer lugar desestima el motivo de nulidad alegada y entrando a conocer sobre el fondo también se desestima pues en primer lugar existía un obligación de la actora de prestar sus servicios que deberían hacerse de forma presencial, cuando se había puesto a su disposición las medidas de prevención de riesgos que la normativa exigía y en el contrato de trabajo se especificaba su obligación de prestación de servicios en Luanda ( Angola)
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
  • Nº Recurso: 91/2022
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EUGENIO DE PABLO FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 352/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ISABEL LOPEZ MONTAÑEZ
  • Nº Recurso: 700/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CAMPOY VIVANCOS
  • Nº Recurso: 445/2021
  • Fecha: 14/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: SIN DEFINIR

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